Informática y Derecho

AutoreGiancarlo Taddei Elmi
CaricaJefe de investigaciòn del Instituto de Teoría y Técnicas de la Informaciòn jurídica del CNR.
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    Este artàculo ha sido presentado en la Conferencia 33 JAIIO - Jornadas Argentinas de Informática e Investigacion Operativa, desarrolado en Córdoba desde 20 a 24 de Septiembre de 2004.

@1. Dimensión histórica

@@1.1. Ciencias exactas y ciencias jurídicas

En la historia del pensamiento jurídico podemos captar una continua oscilaciòn entre concepciones formalistas y concepciones historicistas. La posibilidad de utilizar los métodos de las ciencias exactas en el campo jurídico ha suscitado a menudo el interés de los juristas1.

Basta recordar, para la época antigua, los enfoques lógicos de los juristas romanos de cultura estoica y, para el peròodo medieval, el método combinatorio de Ramón Llull. Este último pensaba construir los conceptos jurídicos a través de una tabula instrumentalis formada por círculos concéntricos que girando daban vida a conceptos diferentes según las diversas combinaciones.

En el humanismo jurídico recordamos la reconstrucciòn sistemática Page 150 del derecho elaborada por Melantone y el método ramista de Pedro de La Ramée, llamado Ramus, que será desarrollado en particular por Althusius. Pero es después de la cesura galileiana que los métodos cientàficos son utilizados ampliamente también en las ciencias jurídicas. Es suficiente recordar el método euclidiano de Faber y de Vivianus, los métodos racionalistas tàpicos de los jusnaturalistas y los estudios de Leibniz, donde el método lógico está considerado como el método por excelencia para representar y producir derecho. La ilustraciòn jurídica propone el uso de los métodos axiomáticos para describir el derecho; piénsese en las obras de Thomasius, de su discípulo Heineccius y de Wolff (1679-1754). El pensamiento jurídico formalista alcanza un nuevo momento culminante en las obras de los representantes de la jurisprudencia de los conceptos (Puchta, Windscheid y von Jhering). Por último, son homogéneos con la informática los enfoques formalistas de la teoría general del derecho (Kelsen) y las concepciones que enuncian la aplicaciòn de la lógica deóntica al derecho.

El advenimiento de las máquinas electrónicas ha abierto nuevos escenarios y dado nuevo vigor a las tendencias lógico-formales en el mundo del derecho. El computador electrónico es una máquina capaz de ejecutar algoritmos, o sea una serie de instrucciones que especifican las operaciones con las cuales es posible resolver cualquier problema de un determinado tipo; por ello, se lo conoce como "máquina universal". En el ámbito jurídico, el mismo puede llevar a cabo una búsqueda documentaria, o sea, encontrar leyes y sentencias judiciales almacenadas en un banco de datos, o bien puede desarrollar silogismos e implicaciones lógicas a partir de enunciados preconstituidos: puede reproducir algunas operaciones que hasta hace algunos años estaban consideradas como tàpicas del hombre. éste es el motivo por el que los computadores son llamados, a veces, máquinas inteligentes o pensantes. Es más, los sostenedores de una corriente científica conocida como inteligencia artificial fuerte sostienen que los ordenadores no sólo simulan (Searle)2 o re-producen actividades intelectuales humanas, sino que producen auténticos procesos Page 151 intelectuales; ellos consideran que las operaciones desarrolladas en un computador son reales operaciones intelectuales, cualitativamente indistintas respecto a las operaciones humanas (Turing)3.

@@1.2. El origen de la informática jurídica: la jurismetría

El manifiesto que marca el nacimiento de la informática jurídica data de 1949. Es un artàculo de Lee Loevinger que delinea los tres ámbitos aplicativos de la informática jurídica, entonces llamada "jurismetría: el ámbito informativo, el ámbito lógico-decisional y el ámbito comportamentàstico o estadístico-previsional"4. El desarrollo de la informática jurídica se puede dividir en tres peròodos: documentario-informativo, metadocumentario-decisional y de la red global. Los dos primeros peròodos se pueden también considerar unitariamente, como momentos de la informática jurídica clásica.

@@1.3. Del desorden al orden: el peròodo documentario (desde los orígenes hasta fines de los años setenta). Los bancos de datos y los "problemas jurídicosì creados por la informática

La informática y el derecho son dos empresas homogéneas, pues ambas apuntan a la racionalidad y el orden. La informática documentaria racionaliza la informaciòn; la metadocumentaria, los procesos intelectuales. El derecho se encuentra ante la exigencia de regular nuevos hechos, nuevos comportamientos y nuevas relaciones.

Hacia fines de la década de 1960, la informática está considerada como la soluciòn ideal para el control de la inflaciòn legislativa. Varios sectores expresan el deseo de la formaciòn de bancos de datos para dar orden y certidumbre al derecho, así como la redacciòn de metaleyes que indiquen las reglas para producir leyes "informaticizablesí5 . Los años setenta ven el Page 152 desarrollo de archivos electrónicos legislativos, jurisprudenciales y doctrinarios (Italgiure/Find de la Corte de Casaciòn).

Junto con las aplicaciones informativas se desarrollan otros ámbitos informático-jurídicos: los programas redaccionales, de auxilio a la confecciòn de actos y documentos, y los programas gestionales, que organizan electrónicamente los despachos de jueces y abogados (legal office automation).

La difusiòn de los bancos de datos y de los otros programas informáticos da origen a problemas de derecho constitucional (tutela de la intimidad), de derecho privado (protecciòn de los programas y los datos, estipulaciòn de contratos mediante ordenador), de derecho penal (delitos informáticos) y de derecho administrativo (valor de los expedientes y documentos informáticos). Estamos todavía en una fase que llamaría de los "derechos de la informática". Faltan sea la definiciòn de un ámbito, sea la visiòn de conjunto que permitan hablar de una nueva disciplina jurídica llamada "derecho informático".

@@1.4. De la informática informativa a la informática metadocumentariadecisional

Los años ochenta ven el desarrollo, en el campo jurídico, de iniciativas científicas que se inspiran en el paradigma de la inteligencia artificial. Proliferan los proyectos para construir sistemas expertos, o sea, programas que, a partir de un conocimiento preorganizado, conducen a través de un proceso lógico a la soluciòn de problemas. El salto de calidad respecto a los programas informativos es evidente; no se facilitan sólo documentos ya almacenados, tales como leyes, sentencias judiciales y pareceres, sino que se producen documentos nuevos, diferentes de la base de conocimiento introducida en la máquina. Por ello se habla de sistemas heteromorfos, para distinguirlos de los sistemas informativos llamados isomorfos, y de sistemas cognitivos, porque crean conocimiento nuevo respecto al conocimiento que utilizan.

Los sistemas cognitivo-decisionales muestran muy pronto dos límites de fondo: la dificultad de representar de modo formalizado amplios sectores del derecho (límite cuantitativo) y la imposibilidad de producir derecho exclusivamente con métodos lógicos en sentido estricto (límite cuali- Page 153 tativo). El computador es una máquina "morfo-sintáctica" que comprende significantes y no significados. También en la informática decisional se advierte un ansia de orden y racionalidad. Así como los sistemas informativos intentan ordenar la informaciòn, del mismo modo los sistemas decisionales tienen la ambiciòn de formalizar la decisiòn.

@@1.5. De la informática clásica a la informática de la red. Del desorden de Internet al nuevo orden post-Internet

La tercera generaciòn de la informática jurídica se caracteriza por la explosiòn de Internet, con todo su bagaje de innovaciones tecnológicas. La red se convierte en un lugar anárquico, del sitio libre: un "espacio" donde reside una inmensa informaciòn global desordenada; globalidad no quiere decir uniformidad, quiere decir sobre todo variedad.

La informática tiene que hacer frente a esta nueva situaciòn que ella misma ha provocado, tiene que reordenar el desorden informático global a través de buscadores semánticamente más evolucionados, portales que organizan los sitios por materia y programas que uniforman las informaciones introducidas en la red.

Pero también los problemas jurídicos se multiplican. La red promueve el comercio telemático (e-commerce), abre nuevas perspectivas para la administraciòn pública (e-government y firma digital), obliga a rever los conceptos de "intimidad" y de "autor", y favorece determinados comportamientos ilícitos (delitos informáticos). Particular relieve asume el tema de la responsabilidad civil de los sistemas decisionales.

@2. Dimenssión científica

@@2.1. El peròodo cientista americano

Desde el punto de vista de la sistematizaciòn científica se pueden distinguir tres peròodos: uno empírico cientista anglosaj"n, otro teórico europeocontinental, y un tercero tecnológico global de la sociedad de la informaciòn.

El primero es tàpico del mundo americano, donde el problema teórico está considerado en segundo lugar respecto al problema práctico. Las obras de referencia son sustancialmente dos: el célebre artàculo de Lee Loevinger de 1949, donde por primera vez se establece una relaciòn entre la Page 154 electrónica y el derecho, y el volumen misceláneo intitulado Jurimetrics, de 1963.

En su contribuciòn juvenil de 1949, Loevinger define la jurismetría de manera empírica como el conjunto de las actividades que utilizan el método cientàfico en la soluciòn de los problemas jurídicos.

En su obra más madura de 1963, Loevinger describe de manera más extensa el ámbito aplicativo de la jurismetría y la distingue de la jurisprudencia. ésta tiene relaciòn con la naturaleza y las fuentes del derecho, las bases formales del derecho, el rol y la funciòn del derecho, los fines del derecho y el análisis de los conceptos jurídicos generales6. A la jurismetría atañe, en cambio, el análisis...

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